Consejo LGTBI de Castilla-La Mancha
El Consejo es un órgano consultivo y de participación ciudadana, sin personalidad jurídica propia, en materia de derechos y libertades de las personas LGTBI adscrito a la consejería competente en materia de diversidad sexual y derechos LGTBI, en cuya sede tiene la propia.
Sus funciones son:
- Deliberar sobre propuestas de mejora de la actuación de las administraciones públicas en los sectores de intervención previstos en el título Ill de la Ley 5/2022, de 6 de mayo, así como formular propuestas.
- Elaborar informes sobre materia de diversidad sexual y derechos LGTBI que le encomiende la consejería de adscripción.
- Elaborar, por iniciativa propia, recomendaciones y propuestas sobre la política y las actuaciones a favor de los derechos de las personas LGTBI de Castilla-La Mancha.
- Conocer y tomar en consideración el informe trienal emitido por la consejería con competencias en materia de diversidad sexual y derechos LGTBI, que prevé el artículo 17 y la disposición adicional primera de la Ley 5/2022, de 6 de mayo, y, si procede, hacer sugerencias.
- Dar apoyo a la consejería competente en materia de diversidad sexual y derechos LGTBI y colaborar en la identificación de los indicadores y estándares de atención necesarios en la elaboración del informe trienal.
- Asesorar a la Administración de la Junta de Comunidades, a iniciativa de ésta, con carácter no preceptivo y no vinculante, previamente a la elaboración de los planes y programas de carácter regional que versen sobre actuaciones a favor de los derechos de las personas LGTBI de Castilla-La Mancha.
- Promover estudios, iniciativas, medidas y acciones sobre actuaciones y proyectos relacionados con las políticas públicas en materia de diversidad sexual y derechos LGTBI en Castilla-La Mancha.
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Comisión de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI
La Comisión es el órgano colegiado de programación, planificación y coordinación en materia de diversidad sexual y derechos LGTBI en Castilla-La Mancha. La Comisión queda adscrita a la Consejería con competencias en materia de LGTBI.
Funciones:
- Coordinación y colaboración para la elaboración del informe trienal recogido en la Disposición adicional primera de la Ley 5/2022, de 6 de mayo.
- Implementación de las políticas públicas establecidas en la Ley 5/2022, de 6 de mayo, entre otras, la puesta en marcha del Plan Estratégico de Políticas Públicas LGTBI para la coordinación y atención de la diversidad sexual en Castilla-La Mancha.
- Velar por la incorporación de la perspectiva de diversidad sexual en la planificación de las políticas públicas en materia de diversidad sexual y derechos LGTBI de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- Conocimiento de actuaciones en materia de diversidad sexual y derechos LGTBI realizadas por el Consejo de Gobierno o las Consejerías de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
La Comisión velará por la garantía de la perspectiva de género y la interseccionalidad en materia de diversidad sexual y derechos LGTBI de manera transversal.
Asimismo, conocerá la evaluación de los programas y proyectos ejecutados en el ejercicio y las memorias de actuaciones de los diferentes servicios de la Administración regional con funciones asignadas en materia de diversidad sexual y derechos LGTBI.
Red de Municipios de Igualdad en la Diversidad LGTBI
La aplicación del artículo 52 de la Ley 5/2022, de 6 de mayo, requiere, para su efectivo cumplimiento, de una norma reglamentaria que potencie la creación y regulación de la Red de Municipios de Igualdad en la Diversidad LGTBI en Castilla-la Mancha teniendo en cuenta las situaciones de discriminación múltiple e interseccional que sufren las personas LGTBI en el medio rural, como las personas menores de edad, jóvenes, adolescentes, personas mayores, personas con discapacidad y, de manera transversal, las mujeres LTB.
Se consideran así, entre otras, las siguientes líneas generales de actuación de la Red:
- Promoción de valores basados en la igualdad de todas las personas y en el respeto a la diversidad sexual, con el objetivo de dar visibilidad y generar referentes LGTBI con especial énfasis hacia la adolescencia y la juventud para evitar y combatir el fenómeno del sexilio.
- Velar por el cumplimiento de los protocolos dispuestos en la Ley 5/2022, de 6 de mayo, adaptándolos a las Administraciones locales.
- Adecuación de las medidas de prevención de la violencia y acciones discriminatorias por homofobia, lesbofobia, transfobia, bifobia, interfobia o pertenencia a familias LGTBI a las circunstancias específicas del medio rural o de apoyo a las políticas municipales basadas en la igualdad y no discriminación.
- La puesta en marcha de herramientas, medidas, campañas de información y/o sensibilización, necesarias para hacer posible la aplicación del principio de igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en todos los municipios de Castilla-La Mancha, así como la formación a las personas de las Administraciones locales de nuestra región.